Anualmente, el Consejo General dedica una partida presupuestaria para ser destinada a ayudas económicas y/o subvenciones a entidades relacionadas con la profesión veterinaria que llevan a cabo actividades con repercusión favorable no solo para la propia profesión sino también para las Corporaciones integrantes de la Organización Colegial Veterinaria Española, promoviendo y difundiendo el conocimiento y las actividades de las mismas.
El presente Reglamento tiene por objeto, precisamente, regular la concesión de las ayudas y/o subvenciones a entidades que el Consejo General otorga anualmente en los términos expuestos.
El texto, que entrará en vigor al día 10 de julio de 2020, consta de nueve artículos y una disposición final única en los que, sucesivamente, se regulan el objeto y la financiación, los beneficiarios, las solicitudes y documentación que ha de acompañar a las mismas, los criterios para la concesión de las ayudas y/o subvenciones, el procedimiento para su otorgamiento, la justificación y el pago de las ayudas y/o subvenciones, otras obligaciones de los beneficiarios, los supuestos de reintegro de las mismas, la memoria anual y el momento de la entrada en vigor de los criterios.