Con arreglo a la Legislación actual, corresponde a la Organización Colegial Veterinaria la representación exclusiva de la profesión veterinaria.
A la ordenación, en el ámbito de su competencia, de la actividad profesional de los colegiados y la defensa de sus intereses profesionales.
La Organización Colegial Veterinaria agrupa por tanto, obligatoriamente, a todos los veterinarios que, de acuerdo con las leyes vigentes, ejerzan su profesión en cualquiera de sus modalidades, bien en forma independiente o bien al servicio de la Administración Central del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local o Institucional, o de cualquier otra entidad pública o privada.
Voluntariamente podrán solicitar su colegiación quienes, con título de veterinario, no ejerzan su profesión.