El Consejo Valenciano de Colegios Veterinarios apoya el paro convocado hoy, a las 11 horas, en los casi 900 centros veterinarios de la Comunidad Valenciana, así como en buena parte del sector clínico de pequeños animales del resto del país. La entidad secunda así la convocatoria realizada por diversas asociaciones y veterinarios a título particular, que han promovido esta protesta -con el cierre de consultorios, clínicas y hospitales- para reflejar el malestar existente por la puesta en marcha de la comunicación telemática de prescripciones de antibióticos a y por la restrictiva regulación de medicamentos veterinarios.
Un marco normativo que podría repercutir sobre la calidad en la atención sanitaria a los animales y que ha hecho reaccionar a los veterinarios tras la reciente entrada en vigor, el 2 de enero, del RD 666/2023, que regula la citada obligación de comunicar a través de PRESVET tales recetas. Esta nueva exigencia se justifica en aplicación de la política europea frente a la lucha contra las resistencias antimicrobianas, que reducen la eficacia de los antibióticos.
La presidenta del Consejo, Inmaculada Ibor, coincide en destacar el “compromiso de todos los veterinarios frente a las resistencias, que es un problema de salud pública de primer orden” pero advierte que “la aplicación de este RD y la puesta en marcha de PRESVET para animales de compañía, supone una carga burocrática excesiva que puede encarecer el servicio, ya castigado desde 2012 con un IVA al tipo máximo del 21%”.
De ahí que este consejo autonómico, el pasado 24 de enero, se dirigiera ya por carta directamente al propio ministro de Agricultura, Luis Planas -cuyo departamento es el responsable de la referida plataforma- para reclamar una moratoria en su aplicación, para estudiar su “viabilidad” y una posible “revisión y simplificación” del sistema. Numerosos colegios profesionales como el Colegio de Veterinarios de Madrid, el Consejo de Colegios de Andalucía y el de las Islas Canarias o el Colegio de Zaragoza han realizado también esta reivindicación.
Problemas y fallos en la plataforma
Este movimiento responde al clamor creciente entre el colectivo clínico por los problemas y fallos relativos al uso de esta plataforma, que ya derivaron en una manifestación el pasado 2 de febrero en Barcelona. Esta herramienta, que debe recoger las prescripciones de antibióticos, sufre errores frecuentes, no permite su uso de manera ágil ya que solicita datos que el veterinario ha de buscar en otras aplicaciones e incluso obliga a declarar el uso que realiza el tutor del animal, hecho que desconoce el veterinario y,por todo ello, supone una carga burocrática inasumible.
Un sistema que, por otra parte, no es imperativo porque la regulación europea solo obliga a transmitir estas prescripciones -en caso de perros, gatos y hurones- a partir de 2029 y porque, además, ya existe un sistema eficaz que permite la recogida y evaluación de datos sobre venta y uso de antimicrobianos de manera indirecta, no a través de los veterinarios sino de los distribuidores de estos medicamentos. Es más, este RD obliga al veterinario, en algunos casos, a realizar pruebas adicionales (como son el antibiograma u otras para detectar el agente patógeno).
Los veterinarios señalan que estas pruebas cuestionan sin motivo el criterio del profesional, y obligan a justificar en algunos casos innecesariamente prescripciones basadas en la evidencia científica. De hecho, la inflexibilidad normativa podría hacer imposible seguir el consenso internacional para el tratamiento de algunas zoonosis, como la leishmaniosis o rickettsiosis, lo que podría llegar a suponer un problema de salud pública.
Por otra parte, esta regulación fuerza al clínico a recetar conforme a lo indicado en las fichas técnicas de los medicamentos veterinarios, que se encuentran en su gran mayoría desactualizadas. Para no saltarse la normativa, se abocaría muchas veces al veterinario a prescribir un medicamento que no sería de primera elección o una presentación comercial del mismo cuyo formato no se ajustaría a las necesidades para tratar al paciente. (Puede ocurrir que el titular del animal deba adquirir una caja con 100 pastillas cuando solo se requiere 3 ó 4 para su tratamiento).
Acto clínico y cesión del fármaco
Y todo esto sobreviene después de décadas ajustándose a una restrictiva regulación en materia de medicamentos veterinarios, que pudo ser flexibilizada hace pocos años con motivo de la adaptación de la legislación española al Reglamento UE 2019/6. España, sin embargo, optó por no reformarla. Este marco legal prohíbe a los veterinarios suministrar medicamentos y ciñe su actuación en este terreno a su aplicación en el mismo acto clínico o a la cesión del fármaco cuando la continuidad del tratamiento pueda verse comprometida. En la práctica, esta legislación propicia que el tutor del animal se tenga que enfrentar a grandes dificultades para obtener el fármaco de manera rápida a través de los canales disponibles, lo que retrasa el tratamiento y compromete la salud del animal.
Con arreglo a tal normativa, ni siquiera los medicamentos que no exigen de receta (como pipetas o antiparasitarios) pueden ser comercializados en las clínicas, aunque sí sea legal hacerlo en cualquier tienda de suministros de animales, pajarería, supermercado o gasolinera.
De cara a la reforma que próximamente se pueda producir del actual RD-Ley 1/2015 --que refunde el texto de la Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios-- el Consejo indica que casi todos los países de nuestro entorno (Reino Unido, Francia, Alemania, Holanda, Bélgica…) permiten la venta minorista de medicamentos por veterinarios a sus pacientes. De igual manera, insiste en que siendo el servicio veterinario una cuestión también de salud pública -que evita, por ejemplo, la afección a personas de zoonosis animales- no tiene ningún sentido que siga tributando al tipo máximo del 21% y no como antes, a uno reducido.