Con la aprobación en las Cortes valencianas de la Ley de Protección, Bienestar y Tenencia de Animales de Compañía concluye la tramitación de una norma que comenzó a gestarse al final de la pasada legislatura. El Consejo Valenciano de Colegios Veterinarios –que ha participado intensamente desde el comienzo de este proceso- considera que la regulación que supondrá para la Comunidad dar un “salto en favor del bienestar y el respeto hacia estos animales”, ahora reconocidos como seres “sintientes”.
De ahí, que la catalogue también como una regulación “ambiciosa” pues persigue, como objetivos expresos, “erradicar” el abandono y el maltrato, así como lograr el “sacrificio cero”, metas que “necesariamente pasan por un mayor compromiso de los responsables legales de los animales”. Así lo valora Inmaculada Ibor, presidenta del órgano autonómico, quien también reconoce el “importante esfuerzo de consenso” realizado durante este tiempo. “
“El resultado es una ley que no será del gusto al 100% de nadie –tampoco del Consejo autonómico-, que exigirá la asunción de más responsabilidades por parte de los propietarios y de los ayuntamientos –que tendrán mayores obligaciones en el ejercicio de sus competencias- y que requerirá de la movilización de más recursos. De todo ello dependerá que esta ley sea realmente un avance”, advierte Ibor.
Finalmente, pese a no incluirse en el proyecto que llegó al parlamento, la ley ampliará la obligatoriedad de identificar con microchip a los gatos y a los hurones domésticos (hoy sólo se exige a los perros, équidos, animales potencialmente peligrosos y especies exóticas invasoras). Una reivindicación que sostuvo sin éxito el Consejo en las diversas alegaciones a la norma presentadas y que finalmente sí ha sido atendida.
Lucha contra el abandono
En todo momento se mantuvo que tal medida era indispensable para tener éxito en la lucha contra el abandono –porque permite la rápida identificación del animal y de su responsable-, en la persecución más efectiva del maltrato animal –porque sólo así se pueden depurar responsabilidades- incluso, desde el punto de vista de la salud pública, para poder disponer de censos reales con los que ejercer un control efectivo de las zoonosis o enfermedades emergentes que pudieran padecer estas tres especies.
El Consejo Valenciano se felicita, además, porque la obligación de identificar o de esterilizar en ciertos casos quede definida como un precepto que recae sobre el responsable del animal. En este sentido, celebra que se haya corregido el articulado que, de manera indirecta, forzaba a los veterinarios a denunciar a las personas que no hubieran cumplido con tales responsabilidades.
De igual manera, también se han limitado –como defendían los veterinarios- las circunstancias en las que estos animales de compañía, forzadamente, tenían que ser esterilizados. En el texto tal posibilidad se circunscribe a casos en los que no se pueda “ejercer un control reproductivo” y se tendrá en cuenta el criterio del veterinario en los que no sea recomendable esta intervención.
La esterilización para el control poblacional sí será una práctica obligada para todos los integrantes de las colonias felinas, pero también para los animales abandonados que sean acogidos en las protectoras. Este hecho, la necesidad de disponer de planes de gestión de estas colonias, de justificar técnicamente los métodos de control de ciertos animales nocivos, de disponer de un servicio de atención permanente para enfermedades o atropellos de animales abandonados o errantes… y en general la necesidad de diseñar políticas municipales que sepan armonizar la convivencia vecinal con el bienestar y protección de los animales obliga a pensar, a juicio del CVCV, que muchos ayuntamientos tendrán que contratar veterinarios municipales y/o a establecer acuerdos de colaboración con clínicas locales.
Desarrollo reglamentario posterior
La norma, además de mayores dotaciones o de la generación de nuevos ingresos para los ayuntamientos (se habla de convenios con las diputaciones y se habilita, de hecho, a los consistorios para aprobar nuevas tasas), requerirá de un gran desarrollo reglamentario posterior. El Consejo, de hecho, ha localizado unos 17 procedimientos, trámites o requisitos burocráticos –algunos muy relevantes- que no se han concretado y remiten a lo que posteriormente se regulará.
Además, defendió una redacción del articulado referido a la eutanasia que garantizase el bienestar animal y cuyo cumplimiento se ajustase tanto a la deontología profesional como atendiendo a las posibilidades reales –con recursos limitados- de los responsables de los animales. Finalmente, la norma establece que la eutanasia únicamente se permitirá “cuando la enfermedad o lesión no tenga tratamiento (…) o cuando el tratamiento no evite la agonía o el sufrimiento crónico incapacitante para la vida del animal”. “Es evidente que para esta cuestión y para las otras nuevas exigencias que esta ley promueve debemos contar con un compromiso extra, con una mayor concienciación por parte de los responsables de los animales.
Pero esta redacción provocará un problema grave para los veterinarios, que se verán so-metidos a una fuerte presión por parte de los titulares de los animales que se encuentren en esta difícil situación. Pretendiendo evitarlo, este artículo puede desembocar en abandono y/o sufrimiento para el animal”, concluye la representante colegial. Por ello, se considera que su aplicación será “complicada” y remarca que, cuando el titular del animal en estas circunstancias no pueda hacerse cargo de los tratamientos que el veterinario esté obligado a prescribir, el ayuntamiento o entidades de protección animal deberán hacerse cargo de éstos y las gestiones para llevarlo a cabo deberían ser ágiles.