El Colegio de Abogados de Talavera de la Reina ha desarrollado una sesión dirigida a sus colegiados con el objetivo de aportar la visión veterinaria ante las situaciones que van a surgir en un futuro inmediato con los animales de compañía, tras la entrada en vigor de la Ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, en la que participaron representantes de la Asociación Española de Veterinarios Municipales (AVEM).
La exposición corrió a cargo del abogado Javier Gallego, del bufete Gallego y Sánchez Rollón , asesor jurídico de AVEM, que estuvo representada por su vicepresidenta, Begoña Rodero Cosano, y el presidente, Juan Carlos Ortiz. El estatus legal de los animales como cosas por el ordenamiento jurídico se ha mantenido desde la época romana.
Los recientes descubrimientos científicos han puesto en evidencia que los animales pueden experimentar placer, miedo, estrés, ansiedad o emociones. La evolución de la sociedad en la percepción de los animales de compañía, especialmente en los países más avanzados económicamente, ha impulsado estas modificaciones legales. En muchas familias forman parte de las mismas como un miembro más.
Esta reforma supone adecuar la realidad jurídica a la naturaleza de los animales. Según explicó Gallego, el reconocimiento expreso de que los animales son seres sentientes, sin duda, “ha de repercutir en otras leyes civiles, en el Código Penal y en una buena parte de la normativa administrativa, leyes autonómicas de protección y bienestar animal, ordenanzas municipales sobre animales de compañía, que deberán ser modificadas para alinearse con las reformas realizadas”.
Los cambios que se esperan son numerosos, muchos de ellos aún sin detectar, pues surgirán al aplicar la nueva normativa a situaciones en las cuales entren los animales de compañía como elemento a considerar, desde el punto de vista legal y jurídico.
Nuevas situaciones muy diversas
La custodia compartida de las mascotas en los casos de separación o divorcio, las consecuencias de la calificación como maltratador de animales de una persona para impedir la custodia de los hijos, la consideración de los animales de compañía en los testamentos... “La cascada de nuevas situaciones, por el momento, es inimaginable”, indicó el ponente.
Por último, hay que señalar la ambigüedad que puede resultar la aplicación de estas nuevas leyes al relacionarlas con otras vigentes, que afectan al día a día de las relaciones de los animales de compañía con sus propietarios, y que quedaran a la discrecionalidad de la judicatura. Una de las conclusiones fue la necesidad de establecer una estrecha colaboración entre ambas profesiones.