El Colegio de Veterinarios de Sevilla ha celebrado, un año más, junto con INTECH S.L. (Ingeniería Técnica Hospitalaria), el curso para la Capacitación de Directores de Instalaciones de Radiodiagnóstico”, formación obligatoria que debe estar debidamente acreditada y que capacita al personal competente que opera las instalaciones de radiodiagnóstico, según establece el R.D. 1085/2009 Art 22 *, y que va dirigido a Veterinarios.
Esta edición ha tenido lugar los días 25 y 26 de enero, 1 y 2 de febrero 2020 en el Salón de Actos del Colegio de Sevilla y ha constado de sesiones teóricas y prácticas. A la formación han asistido 20 alumnos provenientes de diferentes puntos de la geografía española: Sevilla, Cáceres, Cádiz, Jaén, Huelva, Málaga, Córdoba y Granada.
El curso ha sido impartido por David Sesma, Licenciado en Física, quién abordó las sesiones teóricas en 10 módulos en los que se trataron diferentes temas como la producción, naturaleza y atenuación de los Rayos X, las características físicas de los equipos de Rayos X, la dosis de radiación, las magnitudes y medidas de la radiación, los efectos biológicos de las radiaciones, la normativa y legislación en las instalaciones de radiodiagnóstico, las medidas de protección radiológica básica con una parte general y otra específica en instalaciones veterinarias, el control de calidad y los requisitos técnico administrativos necesarios.
Las sesiones prácticas se organizaron, como es habitual, en grupos reducidos de 6 personas tal y como marca el Consejo de Seguridad Nuclear, y tuvieron lugar en el Centro Veterinario Veterín Siglo XXI en Mairena del Aljarafe que presta sus instalaciones desinteresadamente para que los alumnos puedan aprender a manejar el monitor de radiación y ser capaces de analizar los parámetros de funcionamiento de las procesadoras y la calidad de las imágenes, entre otros.
*R.D. 1085/2009
Art. 22. Capacitación del personal que opera las instalaciones de rayos X de diagnóstico médico.
1.El funcionamiento de una instalación de rayos X, de diagnóstico médico deberá ser dirigido por médicos odontólogos o veterinarios, o los titulados a los que se refiere la disposición adicional segunda del Real Decreto 1132/1990, de 14 de septiembre, por el que se establecen
medidas fundamentales de protección radiológica de las personas sometidas a exámenes y tratamientos médicos, que posean tanto los conocimientos adecuados sobre el diseño y uso de los equipos, sobre el riesgo radiológico asociado y los medios de seguridad y protección radiológica que deban adoptarse, como adiestramiento y experiencia en estos ámbitos.
2. Cuando la operación de los equipos de rayo X no fuera a realizarse directamente por el titulado que dirija el funcionamiento de la instalación, sino por personal bajo su supervisión, éste deberá igualmente estar capacitado al efecto.