La consejera técnica de la Secretaría General de Coordinación de Alertas y Programación del Control Oficial de la AESAN realizó un exhaustivo análisis del nuevo Reglamento (UE) sobre controles oficiales.Comenzó comparando el nuevo Reglamento con el 882/2004 para explicar cómo se ha ampliado el ámbito de aplicación. Después distinguió entre controles oficiales y otras actividades oficiales mostrando un cuadro sobre su aplicación a diversos items, repasó la organización del control oficial y se detuvo en analizar el concepto de transparencia que contempla en Reglamento, tanto la obligatoria como la opcional.
Tras indicar la normativa que se deroga, las fechas de aplicación y el cronograma de su desarrollo, habló del papel del veterinario oficial (“el veterinario nombrado por una autoridad competente, bien como miembro de la plantilla o en otra calidad, y que posee las cualificaciones adecuadas para llevar a cabo controles oficiales y otras actividades oficiales”). Y se detuvo en el artículo 17 del reglamento que establece que el veterinario oficial sigue siendo responsable de las decisiones adoptadas en estos dos supuestos:
Iciar Fierros concluyó su intervención analizando los retos y oportunidades del nuevo Reglamento y el Plan de trabajo que tiene previsto la AESAN.
PDF DE LA PONENCIA DE ICIAR FIERROS