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BALANCE DEL PRIMER CONGRESO NACIONAL DE LA PROFESIÓN VETERINARIA / MÓDULO DE ANIMALES DE COMPAÑÍA [4]

Mesa redonda - Necesidades documentales e institucionales en la veterinaria de animales de compañía

26-05-2019
Mesa redonda - Necesidades documentales e institucionales en la veterinaria de animales de compañía

La segunda mesa redonda de la sesión dedicada al sector de animales de compañía, moderada por Francisco Gutiérrez, presidente del Colegio de Ceuta, se dedicó al análisis de los protocolos, reglamentos de clínicas y reconocimiento de los establecimientos clínicos veterinarios.

 

Antonio Moreno Boiso - Necesidad de la puesta en valor de la elaboración de protocolos y de consentimientos informados

El director del Hospital Clínico de Alhaurín el Grande (Málaga), reflexionó sobre la necesidad de que el veterinario incorpore herramientas que le faciliten la toma de decisiones, como son las guías y protocolos clínicos. 

Empezó recordando los objetivos de la medicina veterinaria: preservar la salud y curar o aliviar la enfermedad de los animales. Pero también el veterinario tiene que aprender a convivir con  la existencia de  animales enfermos para los que la muerte es ya la única solución natural de sus múltiples problemas, para los que la prolongación de la existencia es  una crueldad inútil. En estos casos encontramos distintas reacciones de los propietarios al dolor de la pérdida de su animal y algunas de esas reacciones dan lugar al mayor número de reclamaciones, demandas incluso intentos de agresiones a los profesionales de la medicina veterinaria. Es por lo que el uso rutinario del consentimiento informado y los protocolos clínicos deben ser un referente en la práctica clínica diaria. 

Antonio Moreno recordó que, en la actualidad, la enorme demanda de servicios especializados  y concienciación socioeconómica de este sector profesional ha adquirido niveles que no se habían conocido con anterioridad. Ello ha impulsado positivamente su desarrollo, observándose cambios en la formación científica y ética del veterinario. Como consecuencia de ese aumento de las exigencias de los profesionales, también se ha producido un incremento de las reclamaciones por supuestos errores o negligencias derivados del ejercicio profesional. Por ello, el veterinario debe conocer cuáles son sus obligaciones legales, y también  adaptar su ejercicio profesional a la realidad que demanda la sociedad,  que es:  tecnología avanzada, innovación, formación y conocimiento;  equiparando los estándares de la medicina veterinaria a la medicina humana. 

También subrayó que, al tiempo que el cliente está mejor informado (internet y redes sociales) a veces se produce la paradoja de que un mismo centro o grupo de veterinarios  actúa de forma diferente e la exploración del diagnóstico, tratamiento y pronóstico, creando desconcierto en el cliente. Y una forma de paliar este efecto es  incorporar instrumentos  que nos faciliten la toma de decisiones. Nos referimos a las guías y protocolos clínicos. El valor de los protocolos y de las normas de actuación es indudable. Trabajar con protocolos de actuación se ha convertido en una necesidad no sólo en el ámbito clínico, si no en la mayoría de las actividades que ofrecen un servicio o un producto. 

Aunque los protocolos médicos veterinarios  “carecen de obligatoriedad jurídica”. Es cierto que, en la práctica, sirven de guía también a nuestros tribunales para valorar la actuación de los profesionales sanitarios. 

Estas guías clínicas deben ser elaboradas por sociedades científicas, comités de expertos o grupos profesionales, tanto en el ámbito estatal, regional, territorial o local. 

Para Antonio Moreno, Independientemente del contenido, sí es común para todos los protocolos que cumplan unos requisitos mínimos:  

1. Deben ir dirigidos a mejorar el diagnóstico o tratamiento de una enfermedad concreta.

2. Deben ser actualizados o revisados cada pocos años.

3. Deben de realizarlos expertos o grupo de expertos clínicos suficientemente contrastados, dejando constancia de la bibliografía y estudios utilizados.

Respecto al consentimiento informado, recordó que el veterinario tiene el deber de solicitar y obtener el consentimiento expreso y escrito del cliente antes de realizar actos clínicos que puedan suponer un riesgo para el animal, y debe facilitarle previamente toda la información necesaria al respecto.

También analizó temas como el alta voluntaria, la negativa del cliente a métodos diagnósticos o tratamientos, o la eutanasia.

Y finalizó con una serie de conclusiones:

  • Para que los profesionales veterinarios  tomen las decisiones  adecuadas, han de disponer de protocolos de calidad científica actualizados que se puedan interpretar y aplicar de manera diligente y eficaz.  
  • Los protocolos clínicos se han convertido en una herramienta de gran utilidad para los profesionales sanitarios, facilitándoles el diagnóstico y tratamiento de enfermedades. 
  • Al propietario  le asiste el derecho de estar informado acerca del padecimiento de su animal, la propuesta de tratamiento y terapias alternativas, riesgos y probabilidad de resultados adversos, para poder tomar así una decisión. 
  • El consentimiento informado no se trata sólo de una exigencia legal, sino que es también un compromiso con el bienestar animal, con la excelencia de la profesión y con el prestigio de sus miembros.

PDF DE LA PONENCIA DE ANTONIO MORENO

 

Luis Alberto Calvo

Luis Alberto Calvo - Importancia del Reglamento de Clínicas: su implementación y significado a efectos registrales.

El consejero del CGCVE y presidente del Colegio de Valladolid analizó el Reglamento para el ejercicio profesional en clínica de animales de compañía, aprobado en 2015 por la Asamblea General de Presidentes de la OCV. 

Comenzó señalando que el Reglamento atendía a la necesidad de actualizar y concretar una normativa que clarifique y defina el ejercicio de la profesión veterinaria en el campo de los animales de compañía. Recordó los enormes cambios producidos en la sociedad española durante los últimos 30 años y su repercusión en la profesión veterinaria: se ha pasado de una población estudiantil mayoritariamente de procedencia rural, con interés por los animales de producción, con precedentes familiares o amigos veterinarios y fundamentalmente varones, a una población estudiantil mayoritariamente femenina, de origen urbano, preocupados por el bienestar animal y sin un contacto previo con animales o tan solo con animales de compañía. Y a partir de ahí examinó un por uno los principales puntos del Reglamento:

Definición de clínica veterinaria de animales de compañía: “aquella modalidad del ejercicio de la profesión que se ocupa de las enfermedades y sus prevención, del manejo, conducta, nutrición, selección genética, medicina preventiva y curativa, cirugía, rehabilitación y fisioterapia, identificación y peritaje de los perros, gatos y otros animales de compañía, que puede completarse adicionalmente, con la comercialización de toda clase de productos destinados a la alimentación, el saneamiento, el adiestramiento y la prestación de servicios de higiene”.

Modalidades del ejercicio profesional:

  • Veterinario a domicilio.
  • En consultorio.
  • En criaderos, tiendas, centros de acogida o núcleos zoológicos.
  • Por cuenta propia en un consultorio, clínica u hospital externos, prestando servicios especializados de los que no dispone el centro.

Dirección facultativa: ejercida por un veterinario colegiado.

Tipos de centros:

  • Consultorio veterinario: Atención y tratamiento (preventivo y curativo) para los que no sean necesarios con carácter inmediato hacer análisis, cirugías mayores, hospitalización o aislamiento.
  • Clínica Veterinaria: Dependencias y servicios destinados a la atención y tratamiento (preventivo y curativo) que puedan requerir análisis y cirugías mayores. 
  • Hospital veterinario: Dependencias y servicios destinados a la atención y tratamiento (preventivo y curativo) de animales de compañía que pueda requerir análisis, cirugías mayores, incluyendo la hospitalización o el aislamiento de los animales.  
  • Centro de referencia: lleva a cabo actuaciones específicas en materia de radiodiagnóstico, resonancia magnética, rehabilitación, etc., que no llevan a cabo en el resto de los centros. 
  • Servicio de Urgencias.
  • Unidades móviles.

Registros: En cada Colegio debe existir un Registro de Profesionales y un Registro de Centros con el fin de facilitar información a los usuarios, siempre con respeto a la vigente ley de protección de datos.

Régimen sancionador.

Luis Alerto García Calvo concluyó destacando la importancia de que el Reglamento contempla la aprobación de protocolos clínicos que comprendan recomendaciones sobre los procedimientos diagnósticos y terapéuticos a seguir en relación con los animales de compañía y que esos protocolos no limitarán la libertad del veterinario en su práctica clínica, si no que servirán para dotar al profesional de la mayor seguridad posible a la hora de aplicar al animal el procedimiento diagnóstico y terapéutico más correcto.

PDF DE LA PRESENTACIÓN DE LUIS ALBERTO CALVO

REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL EN CLÍNICA DE ANIMALES DE COMPAÑÍA

 

Federico Vilaplana

Federico Vilaplana Valverde - Reconocimiento sanitario de los Establecimientos Clínicos Veterinarios

El veterinario clínico Federico Vilaplana, que hasta hace unos meses fe presidente del Colegio de Cádiz y consejero del CGCVE, intentó durante su intervención responder a una pregunta: ¿Las clínicas veterinarias son centros sanitarios?

Comenzó refiriéndose al concepto One Health, que interconecta salud humana, salud animal y salud medioambiental. Este paradigma de Una sola salud hace necesaria la colaboración entre la salud humana y la salud animal, ya que están totalmente relacionadas, son las dos caras de una misma salud. 

A partir de ahí destacó la ambigüedad en la que se mueve la profesión veterinaria: 

está considerada por la Ley como profesión sanitaria; pero no depende del Ministerio de Sanidad, la Organización Colegial se relaciona con la Administración a través del MAPA, que es el ministerio que controla el Cuerpo Nacional Veterinario. 

Puso también como ejemplo que las instalaciones en las que se utilizan equipos de rayos X con fines de diagnóstico médico tienen la consideración de centros o establecimientos sanitarios, con la excepción de las destinadas a uso veterinario. 

El Real Decreto del Ministerio de Sanidad sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios reconoce como establecimiento sanitario a ópticas, ortopedias o establecimientos de audioprótesis y sin embargo no reconoce a los establecimientos clínicos veterinarios.

En la norma de fármacos peligrosos se excluye a los veterinarios de las profesiones afectadas.

En Madrid o Andalucía, por ejemplo, se considera a los centros veterinarios al mismo nivel  que las peluquerías  caninas o las tiendas de animales.

En opinión de Federico Vilaplana, para acabar con esta situación y aspirar a ser considerados centros sanitarios, había que replantearse ciertas actividades complementarias que ahora sirven para obtener  ingresos necesarios porque en realidad se cobra poco el servicio veterinario por exceso de competencia y porque se asumió la subida del IVA. Para Vilaplana sería necesario implantar en España dos aspectos del modelo francés:

 

  • Que el veterinario pueda dispensar los medicamentos de las prescripciones que hace a las mascotas de sus clientes.
  • Que el Reglamento de Cínicas figure en en el BOE.

 

PDF DE LA PRESENTACIÓN DE FEDERICO VILAPLANA

 

debate

 

DEBATE GENERAL

Durante el debate general de ponentes y congresistas se trató un amplio abanico de temas:

  • Dada la intensa relación de propietarios con mascotas, la crisis económica está afectando en este ámbito a personas con ingresos precarios como pensionistas de la tercera edad. ¿Sería necesaria una seguridad social animal?
  • Se debate sobre los elevados costes que supondría esa seguridad social de mascotas, un coste que debería ser pagado entre todos los ciudadanos.
  • Volviendo al tema de la tercera edad, se destacan los beneficios que producen las mascotas en la calidad de vida de los ancianos, por lo tanto serían necesarias políticas que favorecieran la tenencia de mascotas de e las personas mayores.
  • Se trata el problema del  IVA y del exceso de estudiantes.
  • Se propone dar más difusión al valor de la profesión veterinaria siguiendo el ejemplo de otros países en los que hay programas de televisión sobre veterinaria con grandes audiencias.
  • Se habla de cooperación con los médicos, con los que hay muchos puntos en común. 
  • Una propuesta habla de aplicar el modelo de dispensación de medicamentos francés
  • Otros congresistas piensan que no se debe de copiar ningún modelo, ya que en nuestro país no funcionaría. Se propone analizar lo que tenemos en España y actuar en consecuencia.
  • Se propone una mayor aparición de los veterinarios en los medios de comunicación.
  • También se propone visibilizar las condiciones de algunas clínicas low cost.
  • Uno de los congresistas habla de la necesidad de un cambio de actitud de los veterinarios con una subida de la autoestima.
  • Para este cambio se propone que sería necesario enseñar en la Universidad qué representa el veterinario para la sociedad.
  • Por último, se reclama más sensibilidad con los veterinarios de animales de compañía.
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