La ley de Protección Animal de la Comunidad de Madrid entré ne vigor el pasado día 10.
Los veterinarios deberán comunicar a la consejería competente cualquier indicio que detecten en el ejercicio de su profesión que pudiera ser consecuencia de un maltrato al animal, así como los casos de animales no identificados, y deberán contar con los medios necesarios para hacer llegar a los organismos públicos competentes aquellas irregularidades que detecten sobre protección, salud, bienestar animal y maltrato.
Los propietarios deberán proporcionar a sus animales “aquellos tratamientos preventivos que fueran declarados obligatorios, así como cualquier otro tipo de tratamiento veterinario preventivo, paliativo o curativo que sea esencial para mantener su buen estado sanitario. Igualmente deberán facilitar al animal un reconocimiento veterinario de forma periódica, con carácter anual en perros y gatos, que quedará debidamente documentado en la cartilla sanitaria del animal”.
Ver texto de la ley pinchando este enlace o en pdf adjunto.